La discusión sobre los derechos de los pacientes de salud mental, especialmente en adultos mayores, continúa cobrando relevancia en Puerto Rico ante el aumento de condiciones neurocognitivas, trastornos emocionales y escenarios donde la capacidad para tomar decisiones médicas puede verse comprometida.
Durante una entrevista, el Lcdo. Carlos Santiago, ex asesor legal del Hospital San Juan Capestrano, y el Dr. William Lugo, psiquiatra, psiquiatra forense y director médico de la institución, abordaron cómo interactúan el sistema legal y clínico para proteger la autonomía de los pacientes sin descuidar su seguridad y bienestar.
Un marco legal diseñado para proteger derechos
El Lcdo. Santiago explicó que Puerto Rico cuenta con múltiples herramientas legales dirigidas a proteger a poblaciones vulnerables, incluyendo adultos mayores y pacientes con condiciones de salud mental. “Cuando hablamos de los derechos de los pacientes, obviamente tenemos que comenzar con nuestra ley magna, que es la constitución de Puerto Rico”, señaló Santiago, destacando además leyes como la Ley 121 de protección a adultos mayores y disposiciones del Código Penal contra el abandono intencional.
Según indicó, este marco jurídico busca evitar que las personas sean privadas ilegalmente de sus derechos o sufran vulneraciones en situaciones de dependencia o vulnerabilidad.
Uno de los temas centrales de la conversación fue la diferencia entre la capacidad legal y la capacidad clínica, conceptos que suelen confundirse, pero que tienen implicaciones distintas en la toma de decisiones médicas. El Dr. Lugo explicó que la capacidad legal corresponde al tribunal, mientras que la capacidad clínica es evaluada por profesionales de la salud en función de la habilidad del paciente para comprender información, razonar opciones y expresar decisiones coherentes.
“Si tenemos todo eso, la persona tiene capacidad para tomar esas decisiones”, explicó el especialista al describir los criterios clínicos utilizados para determinar si un paciente puede aceptar o rechazar tratamientos médicos.
Consentimiento informado y participación activa
Otro aspecto clave abordado durante la entrevista fue el derecho de los pacientes a participar activamente de sus tratamientos médicos. De acuerdo con el Lcdo. Santiago, la Carta de Derechos y Responsabilidades del Paciente en Puerto Rico, conocida como la Ley 194, establece que toda persona debe recibir información suficiente para poder tomar decisiones informadas sobre su cuidado médico.
“Los pacientes tienen derecho a participar activamente de su tratamiento médico”, sostuvo el licenciado, resaltando la importancia del consentimiento informado como parte fundamental de la protección de derechos.
El Dr. Lugo reconoció que uno de los mayores dilemas en la práctica médica ocurre cuando existe preocupación por la seguridad del paciente, pero también la necesidad de respetar su autonomía. “Queremos protegerlos y ayudarlos”, expresó el psiquiatra, quien explicó que cuando un paciente conserva la capacidad de comprender y autocuidarse, su autonomía debe prevalecer.
Sin embargo, cuando esa capacidad se pierde debido a condiciones psiquiátricas o cognitivas, los médicos pueden recurrir a familiares, cuidadores o incluso al sistema judicial para garantizar protección y tratamiento adecuado.
Desde la perspectiva legal, Santiago destacó que la Ley 408 permite realizar evaluaciones psiquiátricas involuntarias en casos donde exista riesgo para la vida del paciente o de terceros. “Es una manera también de ver por la autonomía de la persona”, afirmó el abogado al explicar que estas medidas buscan evitar daños mayores mientras se protege la integridad del paciente.
En términos clínicos, el Dr. Lugo señaló que la ansiedad representa el diagnóstico más frecuente en adultos mayores, seguido por la depresión, trastornos psicóticos y trastornos de memoria. Aunque muchos casos pueden manejarse de manera ambulatoria, explicó que las hospitalizaciones suelen relacionarse con cuadros severos, psicosis o trastornos neurocognitivos asociados a agresividad, deterioro conductual o pérdida del autocuidado.
Los expertos también enfatizaron la importancia de los familiares y cuidadores dentro del proceso médico y legal. “Ellos pueden ayudar al paciente a entender”, expresó el Dr. Lugo, señalando que su participación puede ser fundamental para facilitar la comunicación y comprensión del tratamiento.
No obstante, advirtió que los profesionales deben mantenerse atentos ante posibles conflictos de interés o ganancias secundarias dentro del entorno familiar.
Integración entre salud y justicia
Para ambos especialistas, el abordaje adecuado de pacientes vulnerables requiere una estrecha colaboración entre profesionales clínicos y legales. “La realidad es que los pacientes de salud mental son pacientes que están verdaderamente vulnerables”, sostuvo el Lcdo. Santiago, quien destacó la necesidad de identificar vulnerabilidades y activar mecanismos legales apropiados.
Por su parte, el Dr. Lugo explicó que uno de los roles fundamentales del médico es traducir de manera clara los hallazgos clínicos al sistema judicial para facilitar decisiones que respeten los derechos del paciente.
Finalmente, el licenciado recordó que tener una condición de salud mental no implica perder derechos fundamentales. “El hecho de que el paciente tenga una condición de salud mental no lo priva de sus derechos”, concluyó.









